¿Cambió la consolidación de Estados Financieros en Ecuador?

Si tu compañía pertenece a un Grupo Económico determinado por el SRI es importante que sepas esto:

Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2019-0013

Registro Oficial Nro.79

Sobre la consolidación de estados financieros en Grupos Económicos determinados por el Servicio de Rentas Internas

Mediante la derogación de las resoluciones 009 de septiembre del 2013 y 003 del 4 de febrero del 2014, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, eliminó la obligación de consolidar estados financieros para las Compañías que pertenecen a Grupos Económicos determinados por el Servicio de Rentas Internas que no cumplen los parámetros de consolidación descritos en la NIIF Nro. 10 “Estados financieros consolidados” y la sección Nro. 9 “Estados Financieros Consolidados y Separados” de la NIIF para PYMES 

La resolución 009 del 11 de septiembre de 2013 establecía que aparte de las Sociedades que se encuentran obligadas a consolidar sus estados financieros de acuerdo a los parámetros de la NIIF Nro. 10 y la Sección Nro. 9 de la NIIF para PYMES, también debían consolidar las Compañías que pertenecen a Grupos Económicos identificados por el SRI

La resolución 003 del 4 de febrero del 2014 describía las normas para la preparación y presentación de estados financieros consolidados.

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Jhonatan Espinosa

Jhonatan Espinosa

Socio Director Ecovis Ecuador

Con 24 años de experiencia en el área de Contabilidad y Auditoria de los cuales 9 han sido en firmas internacionales de auditoria y 7 en empresas multinacionales. Amplios conocimientos en Finanzas, NIIF´s, Impuestos, Control Interno, Procesos y afines. Asesor y Consultor.

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