Katherine Rodríguez l Gerente del Área de Impuestos l Posteado Abril 27, 2022 por Ecovis Ec

A nivel corporativo las grandes, medianas y pequeñas industrias hablan de la planificación tributaria como un mecanismo de reducción de la carga impositiva; sin embargo, este criterio no siempre coincide entre lo que creemos que es y lo que realmente significa.  En este sentido, es menester diferenciar tres conceptos.

  • Planificación tributaria, es un proceso lícito, contemplado en la norma y del cual hace uso el contribuyente para invertir eficientemente los recursos con la menor carga impositiva legalmente admisible. (Rivas, 2000: 9)
  • Evasión tributaria, es una conducta ilícita, dolosa que a través de un acto u omisión del contribuyente disminuye o anula el pago de una obligación tributaria. (Rivas, 2000: 29)
  • Elusión tributaria, es una conducta dolosa del contribuyente cuyo objetivo es evitar el nacimiento de una obligación tributaria, valiéndose de los vacíos normativos. (Rivas,2000: 21)

Fuente: Romeo Carpio Rivera, La planificación tributaria internacional.

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Escrito por: María González

María es una experta en consultoría fiscal con más de 15 años de experiencia en el sector. Su enfoque personalizado y conocimiento profundo del mercado global la convierten en una valiosa aliada para nuestros clientes.

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