Jefferson Ruano l Auditor Externo en Ecovis Ec l Posteado: Mayo 05, 2022 por Ecovis Ec
El registro de activos y pasivos en los estados financieros conlleva a la generación de ingresos y gastos así como de otras partidas. A efectos fiscales, puede existir la posibilidad de que algunas de dichas partidas, generen consecuencias impositivas en periodos futuros, y al presentarse esta situación, las NIIF requieren que se reconozca impuestos diferidos en los estados financieros. Es decir que, por efectos de aplicación de la normativa financiera y tributaria, el consumo o liquidación de un activo o pasivo, generará que se pague un mayor o menor impuesto, al que se debería cancelar si estas normativas no tuvieran efecto impositivo alguno.
Por ello, se deberá establecer las respectivas bases fiscales de cada partida de activo o pasivo así como de otras transacciones que tengan implicaciones en la determinación del impuesto a la renta. Según las NIIF, la base fiscal de un activo será el valor que podrá deducirse en periodo futuros al generar una utilidad gravable, mientras que en el caso de los pasivos, en su base fiscal será su valor contable menos cualquier valor que eventualmente se espera deducir en el futuro.
Así al comparar bases financieras con sus bases fiscales, surgirán diferencias temporarias imponibles o deducibles, que en otras palabras, generarán una mayor o menor carga impositiva en el periodo corriente y el reconocimiento de activos o pasivos por impuestos diferidos.
Es importante que en el caso de los activos por impuestos diferidos, se cuente con ganancias futuras imponibles que permitan compensar este activo, ya que de no haberlo, el mismo no se podrá realizar.
Autor: Jefferson Ruano
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