Alexandra Tituaña l Auditor Externo en Ecovis Ec l Posteado 8 de Junio, 2021 por Ecovis Ec
Según Resolución de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria 45, se establece que:
Las fundaciones y corporaciones que, a la fecha de expedición de esta Ley, tengan como objeto principal el otorgamiento de créditos en las condiciones, montos y plazos que determine la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, deberán registrarse en la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
Para que este tipo de entidades puedan registrarse en la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria deberán cumplir 10 requisitos establecidos en dicha resolución.
Las fundaciones y corporaciones controladas por la Superintendencia, en sus operaciones de crédito, deberán sujetarse a las tasas de interés fijadas por el Banco Central del Ecuador y deberán cumplir con las normas de prevención de lavado de activos que determine la ley.
Deberán también contratar auditoría externa anual y auditoría interna, conforme lo disponga la Junta de Regulación.
Estas y otras normas se establecieron con la finalidad de regular este tipo de entidades, las cuales ofrecen líneas de crédito al sector productivo, de rápido desembolso que incluirán condiciones especiales, tales como: periodos de gracia, plazos de pago y tasas de interés preferenciales, entre otros.
Fuente: Resolucio4n No. SEPS-IGT-INSESF-INGINT-2021-0045
Registro Oficial 427 de 08-abril.-2021
Última modificación: 14-mayo.-2021
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