Aprovecha las oportunidades
La Resolución Nro. SRI-SRI-2020-0002-R permite que por única vez se amplíen los plazos de entrega de algunos anexos conoce cuales son.
Puedes aplazar la presentación de los siguientes anexos:
– Anexo Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF)
-Anexo de Información de Operaciones Gravadas y Relacionadas con el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas No Retornables (IBP)
-Anexo ICE
-Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID)
-Anexo de Notarios, Registradores de la Propiedad y Registradores Mercantiles
-Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores (APS) – Mensual;
-Anexo de Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios (AFIC) – Mensual
Los sujetos pasivos obligados a la presentación de los anexos previstos en este artículo en el mes de marzo de 2020, cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea el 5, 6, 7, 8, 9 o 0 , podrán presentar dichos anexos, de acuerdo al siguiente calendario:
Noveno dígito del RUC | Vencimiento |
5 y 6 | 05 de agosto de 2020 |
7 y 8 | 06 de agosto de 2020 |
9 y 0 | 07 de agosto de 2020 |
Los sujetos pasivos obligados a la presentación de los anexos previstos en este artículo cuya fecha de presentación sea el mes de abril de 2020, podrán presentar dichos anexos según el noveno dígito del RUC:
Noveno dígito del RUC | Vencimiento |
1 y 2 | 03 de agosto de 2020 |
3 y 4 | 04 de agosto de 2020 |
5 y 6 | 05 de agosto de 2020 |
7 y 8 | 06 de agosto de 2020 |
9 y 0 | 07 de agosto de 2020 |
En lo referente a la presentación del Anexo Transaccional Simplificado dispuesto en la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000012 Registro Oficial No. 157 de 09 de marzo de 2020, no se modifica.
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