Jefferson Ruano l Auditor Externo en Ecovis Ec l Posteado: Septiembre 9, 2021 por Ecovis Ec
Si una compañía concede la explotación o aprovechamiento de un intangible en un contrato con clientes, esta podría comprometerse a entregar bienes y/o servicios adicionales a la concesión. Bajo NIIF 15 se debe evaluar al inicio del contrato con el cliente, si los bienes y servicios representa un solo compromiso con el cliente o algunos compromisos, para esto la compañía evaluará si el intangible puede explotarse por si solo sin requerir necesariamente otros de bienes y servicios para su funcionamiento o si el intangible es dependiente de otros bienes y servicios, en este caso, se reconocerá como una única obligación de desempeño.
Luego de hacer esta evaluación, es importante establecer el calendario de reconocimiento de ingresos correctamente, para lo cual, se determinará cuidadosamente el momento en que se transfiere el control del activo o activos al cliente pues no necesariamente todos los ingresos que se pueden obtener por el aprovechamiento de intangibles se reconocen a lo largo del tiempo, dado que la NIIF 15 establece que si se presentase el caso en que una entidad no realice actividades que impacten económicamente al cliente durante el lapso de aprovechamiento del activo, se habrá transferido el control en un momento determinado y por lo tanto el ingreso se reconocerá en ese instante.
De esta manera, la entidad reconocerá los activos y pasivos contractuales más el ingreso de acuerdo con el calendario de transferencia de los intangibles apropiadamente y de acuerdo con el valor que espere obtener de los contratos con clientes.
Autor: Jefferson Ruano
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