Alexandra Tituaña l Auditor Externo en Ecovis Ec l Posteado Diciembre 16, 2021 por Ecovis Ec

El RUC, es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y como objeto proporcionar información a la Administración Tributaria, y este será administrado por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

¿Quiénes están obligados a inscribirse de forma obligatoria?

  • Todas las personas naturales y jurídicas, entes sin personalidad jurídica, nacionales y extranjeras, que inicien o realicen actividades económicas en el país en forma permanente u ocasional o que sean titulares de bienes o derechos que generen u obtengan ganancias, beneficios, remuneraciones, honorarios y otras rentas, sujetas a tributación en el Ecuador.
  • Las entidades del sector público; las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
  • Toda entidad, fundación, cooperativa, corporación, o entes similares, cualquiera sea su denominación, tengan o no fines de lucro.
  • Las sociedades extranjeras domiciliadas en paraísos fiscales o cualquier otra jurisdicción, que sean propietarias de bienes inmuebles en el Ecuador, aunque los mismos no generen u obtengan rentas sujetas a tributación en el Ecuador.

Los organismos internacionales con oficinas en el Ecuador; las embajadas, consulados y oficinas comerciales de los países con los cuales el Ecuador mantiene relaciones diplomáticas, consulares o comerciales, no están obligados a inscribirse en el RUC, pero podrán hacerlo si lo consideran conveniente.

Si un obligado a inscribirse en el RUC, no lo hiciere, en el plazo estipulado, el Director General del SRI asignará de oficio el correspondiente número de inscripción; sin perjuicio de las sanciones correspondientes.

Mediante reforma del 29 de noviembre de 2021, se establece que:

  • Las personas naturales y sociedades no residentes cuya actividad exclusiva en el Ecuador sea efectuar inversiones en activos financieros en el país no estarán obligadas a inscribirse en el RUC. El SRI podrá establecer mecanismos de control del adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de tales transacciones por parte de los sujetos pasivos responsables que intervengan en las mismas.

Fuente Codificación 22 Registro Oficial Suplemento 398 de 12-ago.-2004 Ultima modificación: 29-nov.-2021 Estado: Reformado

Share this content:

Written By

Escrito por: María González

María es una experta en consultoría fiscal con más de 15 años de experiencia en el sector. Su enfoque personalizado y conocimiento profundo del mercado global la convierten en una valiosa aliada para nuestros clientes.

Related Posts

0 comentarios