Conoce a fondo como se da la distribución en la Resolución No. NAC- DGERCGC20-00000013

La nueva Resolución ha traído una nueva distribución de dividendos para el 2020 que todos debemos conocer.

En los casos previsto en los numerales 3 y 5 del art. 39.2 de la Ley de Régimen Tributario Interno (distribución de dividendos a personas naturales y beneficiarios efectivos residentes en el Ecuador), se aplicará los siguientes porcentajes de retención al ingreso gravado:

Ingreso gravado desde (Fracción básica) Ingreso gravado hasta (Fracción excedente Retención sobre fracción básica % Retención sobre fracción excedente
20,000.00 0.00 0%
20,001.00 40,000.00 0.00 5%
40,001.00 60,000.00 1,000.00 10%
60,001.00 80,000.00 3,000.00 15%
80,001.00 100,000.00 6,000.00 20%
100,001.00 En adelante 10,000.00 25%

En todos los casos incluido cuando no existan valores a retener, se emitirá el comprobante de retención a nombre de la persona natural o beneficiario efectivo residente en el Ecuador.

Cuando se realice distribuciones de dividendos en más de una ocasión en un ejercicio fiscal, a un mismo beneficiario efectivo o persona natural residente en el Ecuador, se sumará los ingresos gravados de cada distribución y se aplicará los porcentajes de retención correspondientes, de este resultado se restará las retenciones realizadas anteriormente.

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Escrito por: María González

María es una experta en consultoría fiscal con más de 15 años de experiencia en el sector. Su enfoque personalizado y conocimiento profundo del mercado global la convierten en una valiosa aliada para nuestros clientes.

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2 Comentarios

  1. hola quiero que me metan una verga grande y jugosaaaaa por el ano!!!

  2. QUIERO UNA VERGA GRANDE

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