Conoce a fondo como se da la distribución en la Resolución No. NAC- DGERCGC20-00000013
La nueva Resolución ha traído una nueva distribución de dividendos para el 2020 que todos debemos conocer.
En los casos previsto en los numerales 3 y 5 del art. 39.2 de la Ley de Régimen Tributario Interno (distribución de dividendos a personas naturales y beneficiarios efectivos residentes en el Ecuador), se aplicará los siguientes porcentajes de retención al ingreso gravado:
Ingreso gravado desde (Fracción básica) | Ingreso gravado hasta (Fracción excedente | Retención sobre fracción básica | % Retención sobre fracción excedente |
– | 20,000.00 | 0.00 | 0% |
20,001.00 | 40,000.00 | 0.00 | 5% |
40,001.00 | 60,000.00 | 1,000.00 | 10% |
60,001.00 | 80,000.00 | 3,000.00 | 15% |
80,001.00 | 100,000.00 | 6,000.00 | 20% |
100,001.00 | En adelante | 10,000.00 | 25% |
En todos los casos incluido cuando no existan valores a retener, se emitirá el comprobante de retención a nombre de la persona natural o beneficiario efectivo residente en el Ecuador.
Cuando se realice distribuciones de dividendos en más de una ocasión en un ejercicio fiscal, a un mismo beneficiario efectivo o persona natural residente en el Ecuador, se sumará los ingresos gravados de cada distribución y se aplicará los porcentajes de retención correspondientes, de este resultado se restará las retenciones realizadas anteriormente.
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hola quiero que me metan una verga grande y jugosaaaaa por el ano!!!
QUIERO UNA VERGA GRANDE