El art. 9 de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19 estableció el pago de una contribución temporal del 0,8% sobre el patrimonio para las sociedades que, en la declaración del impuesto a la renta del año 2020 hayan registrado un patrimonio neto igual o mayor a US$ 5 millones.
¿Se debería registrar la contribución patrimonial de sociedades al cierre del 2021?
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